Normativas y legislación

NOVEDADES LEGISLATIVAS

Los temas más relevantes relacionados con el marco normativo ambiental y de sostenibilidad han sido los siguientes: CACERIA, AGUA, OTROS.

Normas Vigentes:

RESOLUCIÓN NO. 0011/2021

Nombre: Resolución No. 0011/2021

Fecha Publicación: 10 de marzo del 2021.

Órgano Emisor: Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Resumen: La presente resolución modifica el articulo No. 4 de la Resolución No. 0054-2019 sobre la Normativa de Cacería en la Republica Dominicana

 

Iniciativa: No. 05306-2020-2024-CD

Nombre: Iniciativa No. 05306-2020-2024-CD

Fecha Deposito: 4 de marzo del 2021.

Órgano Emisor: Cámara de Diputados

Resumen: La presente iniciativa propone el Proyecto de Ley de Agua para regular el trato, mantenimiento, preservación de cualquier cuerpo de agua en territorio nacional dominicano.

 

Iniciativa: No. 00541-2021-PLO-SE

Nombre: Iniciativa No. 00541-2021-PLO-SE

Fecha Deposito: 16 de marzo del 2021.

Órgano Emisor: Senado

Resumen: Proyecto de Ley el cual crea parámetros de regulación, cuidado, mantenimiento, protección y uso sobre los recursos Costeros Marinos.

 

Iniciativa: No. 05358-2020-2024-CD

Nombre: Iniciativa No. 05358-2020-2024-CD

Fecha Deposito: 18 de marzo del 2021.

Órgano Emisor: Cámara de Diputados

Resumen: La presente iniciativa propone el Proyecto de Ley Orgánica sobre la Administracion Local y el Régimen Territorial.

 

Iniciativa: No. 05345-2020-2024-CD

Nombre: Iniciativa No. 05345-2020-2024-CD

Fecha Deposito: 17 de marzo del 2021.

Órgano Emisor: Cámara de Diputados

Resumen: El Proyecto de Ley propuesto por esta iniciativa introduce un incremento de categoría de sección el paraje de la Lista del Municipio de Cabral, en la Provincia de Barahona.

 

 

LA PREGUNTA DEL MES

¿Qué obligaciones les aplican a los generadores de residuos?

El generador es responsable del manejo de los residuos desde su generación hasta su disposición final.

Según la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos, el generador deberá:

  1. Registrarse como generador ante el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
  2. Adecuar los planes de manejo de los residuos, dependiendo de si estos residuos son de carácter peligroso o de manejo especial.
  3. Reducir la generación de los residuos que produce;
  4. Separar los residuos en la fuente;
  5. Apoyar los programas que el Estado impulse para gestionar de manera sostenible los residuos que se generen en el país.

Los generadores de residuos sólidos urbanos deben pagar al ayuntamiento y juntas de distritos municipales por el servicio de recolección y transporte, transferencia, tratamiento, valorización y disposición final de los residuos que generen.

Para el caso de generadores no domiciliarios de residuos de manejo especial y residuos peligrosos, deberán contratar, pagar y garantizar que la recolección, transporte, transferencia, tratamiento, valorización o disposición final de los residuos se realice por gestores autorizados por las autoridades competentes.

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